Muchos conductores no respetan las normas de circulación y por eso, cada año se producen un gran número de multas.
En 2023 en la Comunidad de Madrid se registraron un total de 2.603.669 denuncias, con un importe de 341.363.840 €, según la organización de defensa de los conductores, Automovilistas Europeos Asociados (EAE).
El exceso de velocidad es la causa de sanción más habitual, ya que supone entre el 30 % y el 40 % de las fracciones en el ámbito de la conducción.
Según los datos del último recuento de la Dirección General de Tráfico (DGT), más de 1.000 radares registraron en 2022 un total de 3’5 millones de sanciones por esta causa.
“Superar la velocidad permitida reglamentariamente en 60 km/h (vías urbanas) y en 80 km/h (vías interurbanas) es constitutivo de delito”, según establece el artículo 379 del Código Penal.
La multa oscila entre los 100 € y 600 €; e implica la pérdida de hasta 6 puntos del carné. Pero en los casos más graves puede suponer una pena de prisión de tres a seis meses.
Desde el diario ABC informan que «otras multas numerosas entre los conductores españoles son las que se refieren a obligaciones del conductor. Así, circular sin licencia, o con ella suspendida o caducada supuso 137.476 multados en 2022. En el caso de conducir con la licencia suspendida, retirada, sin puntos o, sencillamente, carecemos de ella, nos exponemos a una multa de hasta 500 euros y cuatro puntos en el carné de conducir. Si además incurrimos en un delito en esta situación, podemos llegar a recibir una multa de 6.000 euros y una pena de seis meses de cárcel».
Desde la DGT establecen multas para quienes no cumplan las leyes y desde Automovilistas Europeos Asociados (AEA) informan cuáles son las sanciones más frecuentes.
El uso del teléfono móvil al volante
El número de personas que utiliza el teléfono móvil mientras conduce ha aumentado notoriamente. La sanción implica una multa de 200 € y la pérdida de hasta 6 puntos del carné.
Muchos conductores hablan sin poner el manos libres, utilizan el GPS, hacen fotos o vídeos e incluso buscan información.
Conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas
La multa por conducir en estado en embriaguez puede ascender hasta los 1000 €, siendo la mínima de 500 €. También supone la pérdida de entre 4 y 6 puntos del carné de conducir.
Los expertos explican que los efectos del alcohol en la conducción son: afecta negativamente al comportamiento, altera la actitud en el momento de la conducción y disminuye las habilidades al conducir un vehículo.
No llevar el cinturón de seguridad
Los conductores que conducen sin cinturón, pueden perder 4 puntos del permiso de conducir y pagar una multa de 200 euros.
El cinturón también es obligatorio en embarazadas, pero hay que procurar que este elemento de protección no vaya sobre la zona del feto.
En España el cinturón es obligatorio desde 1975 para los asientos delanteros y desde 1992 para los traseros. Se recomienda llevar el cinturón bien ceñido al cuerpo y comprobar que no esté enrollado en alguna parte de su recorrido.
La ITV caducada
Muchos conductores circulan con la ITV caducada, una infracción muy grave, cuya multa asciende a los 500 €. Y también grave es la multa por negarse a identificar a quien haya cometido una infracción, por lo que la sanción podrá ascender hasta los 900 €.
¿Sanciones por estacionamientos indebidos?
La DGT informa que el año pasado se registraron 38.175 sanciones por estacionamientos indebidos en España. Para conocer más sobre este tema, nos hemos puesto en contacto con el abogado Pablo Antolín Huelin.
Este profesional nos ha contado que la DGT puede ponernos una sanción y quitarnos seis puntos del carnet si dejamos el vehículo en doble fila más tiempo del permitido, y ocupamos partes de las aceras o los pasos de cebra.
Sin embargo, una de las infracciones más comunes es aparcar en sentido contrario al de la circulación.
El artículo 90.2 del Reglamento General de Circulación establece cómo debe realizarse el estacionamiento. «Cuando en vías urbanas tenga que realizarse en la calzada o en el arcén, se situará el vehículo lo más cerca posible de su borde derecho, salvo en las vías de único sentido, en las que se podrá situar también en el lado izquierdo».
La multa por estacionar en sentido contrario es de 100 euros, pero esta infracción leve se mantiene siempre que el vehículo sea encontrado estacionado sin el conductor.
Sin embargo, si el conductor es sorprendido mientras ejecuta la maniobra e invade el carril contrario, la infracción se eleva a 500 euros y se pierden seis puntos del carnet de conducir.
¡Si tienes dudas sobre este tema, puedes contactar con los abogados expertos en Derecho Penal!